LA REGIÓN
Acuerdo entre la patronal y los guincheros
Según informó Revista Puerto en Mar del Plata las empresas de servicios portuarios reconocen la representación de los trabajadores en el Sindicato de Guincheros y Maquinistas de Grúas Móviles. Fijaron las bases de un convenio colectivo al que resta ponerle los valores de cada categoría.
La semana pasada se firmó el acta acuerdo entre el Sindicato de Guincheros y Maquinistas de Grúas Móviles y el sector de prestadores de servicios del puerto de Mar del Plata, representado por las cooperativas de trabajo que realizan la tarea de estiba en la flota pesquera que opera en la terminal marítima local.
El encuentro tuvo la participación de referentes sindicales, encabezados por Roberto Coria, secretario General del Sindicato, y representantes de las empresas “La Banquina Chica”, “La Nueva Unión”, “Cotapez”, “Portuarios”, “La Esperanza”, “Cootraport”, “Estimar”, “Sol de Junio”, “Hipocoop”, “Pezmar”, “Riomar”, “Costa Atlántica”, “Polilu”, “Pequeña Marina”, “Producciones” y “Dyancoop”. Todas ellas son las habilitadas por el Consorcio Portuario para prestar el servicio de estiba.
Las partes acordaron el reconocimiento del sindicato por parte de las empresas de servicios, la legítima representación de los trabajadores guincheros que prestan servicio profesional en empresas y cooperativas en el ámbito y en las actividades reconocidas en el acuerdo.
El acuerdo aplica a las personas que desempeñan tareas de manejo o conducción de guinches y máquinas de grúas móviles y/o toda operación de maquinas fijas o móviles de guinches, grúas cualquiera sea la forma de propulsión e instalación que estén dedicadas a la carga y descarga de buques cualquiera sea el tipo o denominación que se le dé a la actividad, sea que realicen la actividad de manera individual o integrando grupos de trabajo, para las prestadoras de servicios que suscribieron el acuerdo.
El acuerdo rige para los próximos dos años. Sin perjuicio de ello acordaron que lo rubricado mantendrá su vigencia con posterioridad a su vencimiento. “La jornada de trabajo será de 6 horas diarias. Al guinchero maquinista que se desempeñe más de 3 horas se le abonará el jornal completo”, señala uno de los artículos del Acta, a la que tuvo acceso este medio.
En el artículo 5 se especifican las distintas categorías profesionales, las cuales quedaron establecidas de la siguiente manera: guinchero operador grúa Mari, guinchero operador autoelevador hasta 10 toneladas; de más de 10 toneladas; guinchero operador de containeras full; guinchero operador de grúas de hasta 20 toneladas; de 20 a 50 toneladas, de 50 hasta 80 toneladas y guinchero operador de grúa de más de 80 toneladas.
Los jornales para cada categoría quedarán resueltos en una próxima reunión de las partes a celebrarse en unos días.
El día del gremio será el 7 de agosto, que será no laborable remunerativo. En caso de que se trabaje será abonado con un recargo del 100%.
Las prestadoras de servicios portuarios firmantes tendrán a su cargo la provisión de los elementos de higiene y seguridad necesarios de acuerdo a lo normado por la Ley de Contratos de Trabajo. Las empresas proveerán dos equipos de trabajo y un par de botines por año.
Cada trabajador guinchero y maquinista afiliado al gremio que preste servicios en relación de dependencia aportará el 3% en concepto de cuota sindical y ese importe será retenido por las empresas contratantes.
Cada guinchero afiliado que posea la condición de socio de las empresas prestadoras del servicio aportará una cuota de capacitación mensual de 5 mil pesos, “siendo esta una retribución ordinaria de carácter solidario. Por su parte los empleadores contribuirán con montos mensuales equivalentes ante la contratación de guincheros operadores en relación de dependencia. Ese dinero se destinará a la acción social y equipos gremiales y técnicos que contribuyan con la vida de los trabajadores y sus familias”, revela el Acta.
En caso de que se necesite contratar personal eventual para trabajos extraordinarios para cubrir necesidades transitorias, las prestadoras podrán contratarlos. Su contratación no estará sujeta a proporciones del personal permanente.