Conéctate con nosotros
-->

ANÁLISIS Y OPINIÓN

La ley ómnibus y el «tratamiento en particular»: qué dice el reglamento de Diputados

Por Maximiliano Arranz (*), columnista de Mundo Gremial

Publicado

|

La forma en que se lleva a cabo la actividad en el Congreso Nacional, a veces da la impresión de seguir una dinámica propia de la tradición más que de un conjunto estricto de disposiciones y formalidades establecidas. Sin embargo, esta dinámica se apoya en un conjunto riguroso y formal de reglas que definen las acciones que deben tomarse y los requerimientos que deben cumplirse. Esto aplica tanto a los representantes del pueblo, como a los procedimientos institucionales establecidos que se detallan en los reglamentos de cada cámara.

Los que estuvimos siguiendo de cerca las sesiones en el Congreso, pudimos escuchar al diputado Miguel Ángel Pichetto, presidente del bloque Hacemos Coalición Federal, invitar al resto de sus colegas a “leer el reglamento”.

En la Constitución Nacional, Segunda Parte (Autoridades de la nación), Título Primero (Gobierno Federal), Sección Primera (Del Poder Legislativo), Capítulo Tercero (Disposiciones comunes a ambas cámaras), el Artículo 66 comienza diciendo: “Cada cámara hará su reglamento (…)”.

Junto con el tsunami de noticias e información sobre la ley ómnibus, comenzaron a circular en los medios de comunicación términos típicos de la vida parlamentaria como “comisiones”, “dictamen”, “quórum”, “cuestión de privilegio” y “aprobación general”, entre otros.

Pero es mi intención, en estas líneas, compartir con el lector lo que dicen algunos artículos del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados sobre el “tratamiento en particular”, que es el que va a recibir el proyecto de ley enviado por el poder ejecutivo al congreso y otro de los términos legislativos popularizados en los últimos días.

Artículo 154. Votación. Pase a su discusión en particular. Cerrado el debate y hecha la votación, si resultare desechado el proyecto en general, concluye toda discusión sobre él, mas si resultare aprobado, se pasará a su discusión en particular.”

Artículo 157. Modo. La discusión en particular en el plenario de la Cámara se hará en detalle, artículo por artículo, capítulo por capítulo o título por título, debiéndose votar cada uno sucesivamente.”

Artículo 158. Uso de la palabra. Términos. En la discusión en particular cada diputado podrá hacer uso de la palabra dos veces, cada una de ellas por cinco minutos, a excepción del miembro informante, del autor del proyecto y del diputado que asuma la representación del bloque, los que tendrán siete minutos si el bloque tiene entre 1 y 10 diputados, y diez minutos si el bloque tiene más de 10 diputados. Los miembros informantes podrán hacer uso de la palabra para replicar durante el debate.”

Artículo 159. Unidad del debate. En la discusión en particular deberá guardarse la unidad del debate, no pudiendo por consiguiente aducirse consideraciones ajenas al punto de la discusión.”

Artículo 160. Reconsideración. Ningún artículo o período ya sancionado de cualquier proyecto podrá ser reconsiderado durante la discusión del mismo, sino en la forma establecida por el artículo 135.”

Artículo 192. Votación en particular. Toda votación se limitará a un solo y determinado artículo, salvo que la Comisión de Labor Parlamentaria o el cuerpo acordaran hacerlo capítulo por capítulo o título por título.”

Los hombres y mujeres del movimiento obrero organizado debemos estar muy atentos a la suerte que corran los artículos del proyecto de ley que afectan nuestros intereses. Y no olvidar que una potencial aprobación de la cámara baja sólo implica una media sanción. Después en el Senado empieza otro partido.

Cuando Alfonsín quiso debilitar a los gremios, con la tristemente célebre “ley Mucci”, los legisladores de extracción gremial tuvieron un rol protagónico en las negociaciones previas a la votación, logrando torcer el resultado a su favor en la Cámara Alta.

El movimiento obrero peronista, con su accionar para con el tratamiento de este proyecto de ley, tanto como del DNU, pareciera comenzar un camino de recuperación de nuestras mejores tradiciones. Que así sea.

(*) Secretario Adjunto de ASiMM, Diplomado en Gestión Legislativa por el Senado de la Nación

Somos una agencia de noticias sindicales. Nuestra misión es dar un espacio de encuentro e información a todos los sectores de la actividad, sin discriminar su capacidad y potencial