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Ganancias: Los 10 puntos claves del proyecto que el Senado convirtió en ley

El proyecto de Sergio Massa que elimina la cuarta categoría del impuesto recibió sanción definitiva anoche durante una sesión en la cámara alta encabezada por la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner.

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El Senado aprobó este jueves por la noche la eliminación de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias que alcanzaba a los sueldos de más de 700 mil pesos.

La votación arrojó 38 afirmativos y 27 en contra, y fue celebrada por el oficialismo. Se trata de un proyecto impulsado por el ministro de Economía y candidato a presidente por Unión por la Patria, Sergio Massa, en consenso con la conducción de la CGT.

Sesión Pública Especial del Senado de la Nación, el 27 de septiembre de 2023, en Buenos Aires; Argentina. (Fotos: Mario Mosca /Comunicación Senado).-

La ley que modifica el impuesto a las Ganancias para los trabajadores crea un nuevo impuesto sobre los ingresos a partir del equivalente a 15 Salarios Mínimos, Vital y Móvil (SMVM), con una alícuota progresiva sobre el excedente que va de 27% a 35% y se actualiza con el valor del SMVM dos veces por año.

Los siguientes son los puntos principales de los cambios en Ganancias

  • Crea el nuevo «impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros».
  • Quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos, es decir 15 SMVN al mes.
  • A partir de 12 SMVN mensuales, se deberá pagar un 27% sobre el excedente.
  • Entre más de 12 y 36 salarios mínimos, se pagará el equivalente a 3,2 SMVM más un 29% sobre el excedente.
  • Entre más de 36 y 60 salarios mínimos, se pagará 10,20 SMVM más un 31% sobre el excedente.
  • Entre más de 60 y 84 salarios mínimos, se pagará 17,64 SMVM más un 33% sobre el excedente.
  • Para más de 84 salarios mínimos, se pagará 25,56 SMVM más un 35% sobre el excedente.
  • Se deberá considerar al comienzo del periodo fiscal el valor del SMVM vigente al 1 de enero de ese año, el cual se actualizará el 1 de julio de cada año fiscal.
  • Las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio.
  • Cuando se trate de empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados y pensionados que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones en la de Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22%.

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